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El plazo para rendir declaración de hechos victimizantes sufridos en el conflicto armado vence el 22 de agosto de 2026

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El plazo para rendir declaración de hechos victimizantes sufridos en el conflicto armado vence el 22 de agosto de 2026

Toma de Declaración de Víctimas en el Exterior en el marco de la Ley 2421 de 2024 - Información y orientación para víctimas colombianas en el exterior

A partir del 22 de agosto de 2026, las personas que no hayan podido declarar dentro del plazo establecido deberán registrar en el Formato Único de Declaración (FUD) las circunstancias de fuerza mayor que les hayan impedido hacerlo.